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El 27 de septiembre, el Gobierno anunció el «Plan de Subsidio al Empleo», cuya principal meta es la creación y recuperación de un millón de empleos y así, disminuir las cifras de desocupados en el país, generados en el marco de la pandemia COVID-19.
El plan funciona en base a dos subsidios distintos: el subsidio a la contratación –para nuevos trabajadores–, y el subsidio al regreso –para trabajadores con contrato suspendido que se reincorporen a sus labores–.
Cabe aclarar que este programa tendrá un mayor énfasis en las pymes, mujeres, jóvenes y personas con una discapacidad certificada, pues son quienes más se han visto afectados a causa de la emergencia sanitaria.
El beneficio ya está rigiendo y tiene duración hasta marzo del próximo año, para empresas que cumplan con una serie de condiciones.
Puede revisar los beneficios y requisitos de ambos subsidios a continuación:
1-. Subsidio a la contratación
Beneficios:
– Es un beneficio por una suma equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta (RMB) del nuevo trabajador por el cual se postula, con tope de $250.000 mensuales.
– Este subsidio tendrá una especial atención con las mujeres, quienes se han visto afectadas por esta crisis: alrededor de 810 mil de ellas han abandonado la fuerza laboral y alrededor de 290 mil han suspendido sus contratos.
– Para el caso de las trabajadoras mujeres, los jóvenes de 18 a 24 años o las personas con discapacidad, el monto del beneficio ascenderá a un 60% del sueldo bruto de cada nueva contratación, con un tope de $270.000 mensual.
– Se entrega por hasta 6 meses por cada contratación adicional que realice una empresa.
Requisitos:
– El plan, sin embargo, también busca garantizar que las grandes empresas mantengan la mayor parte de su plantilla. Para esto, junto con contratar trabajadores adicionales con respecto a su planilla de julio de 2020, las grandes empresas deben mantener -al menos- el 80% de los mismos trabajadores que integraron su planilla en el mes de su primera postulación al subsidio. SENCE revisará esto cada 3 meses desde su primera postulación al subsidio.
– Además, las empresas que postulen a este subsidio deben cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Agrandar su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020 (Planilla de Referencia). Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten y sean postulados con éxito, por sobre la mencionada planilla.
2.- Tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría;
3.- (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
2-. Subsidio al regreso
Beneficios:
– Se trata de un beneficio que se le otorga a la empresa por hasta 6 meses respecto de trabajadores que hubieren estado suspendidos a la fecha de lanzamiento, en virtud de la Ley de Protección del Empleo, y que sean reincorporados a sus funciones.
– El monto entregado asciende a $160.000 mensual por trabajador.
Requisitos:
– Las grandes empresas deben mantener la afectación económica que les permitió acceder al beneficio, lo que SENCE revisará a cada 3 meses desde su primera postulación al subsidio. Si no la mantiene, se les terminarán las restantes bonificaciones.
Además, las empresas elegibles para este subsidio deben cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Haber experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de -al menos- el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre de 2019.
2.- Tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría; o (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
– Los trabajadores por los que podrá postular al subsidio deben ser mayores de 18 años; deben haber estado acogidos a la suspensión de los efectos del contrato de la Ley de Protección del empleo hasta el 31 de agosto de 2020, y haber sido reincorporados a sus funciones; y su renta mensual bruta no puede exceder de $961.500 (3 Ingresos Mínimos Mensuales).
3-. Cómo y cuándo postular
- Las empresas que deseen optar al beneficio deberán hacerlo en línea a través del sitio web subsidioalempleo.cl, donde además de postular al subsidio, podrán consultar por el estado de las postulaciones y revisar los subsidios recibidos con su respectivo estado de pago.
- El inicio de las postulaciones comenzó el 28 de septiembre para los trabajadores regresados que hayan sido suspendidos por Acto de Autoridad.
- Para los trabajadores que hayan sido suspendidos por Pacto de Suspensión, o para las nuevas contrataciones, las postulaciones partieron el 29 de septiembre.
- Todas las anteriores, tienen como fecha de término el 31 de marzo de 2021.
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