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Resolución con procedimiento para Emisión De Boletas Electrónicas

Por 17 agosto, 2020 Sin comentarios

El Servicio de Impuestos Internos publicó la resolución, que instruye sobre el procedimiento de inscripción y emisión de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas.

En la actualidad, 403.487 contribuyentes emiten boletas de ventas y servicios en sus distintas modalidades, de los cuales el 81,8% corresponde a empresas de tamaño microempresas.

Según lo establecido por la Resolución Exenta N° 74, los requisitos que deberán cumplir los contribuyentes para emitir boletas electrónicas son haber dado aviso de inicio de actividades en conformidad a la ley y calificar como contribuyente de Primera Categoría, de acuerdo a lo indicado en el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Entre los principales aspectos que contempla están:

  • Se elimina la obligación de estar inscrito en factura electrónica para la inscripción y emisión de boletas electrónicas.
  • Se elimina la obligación de llevar y mantener libro de boletas electrónicas.
  • Se simplifica la representación impresa y digital del documento.
  • Una vez generada cada boleta electrónica deberá enviarse electrónicamente al SII de manera inmediata.
  • El monto de IVA se debe informar separadamente en las boletas electrónicas, especificándose el monto correspondiente al IVA y el monto total.
  • El SII podrá autorizar sistemas de emisión que cumplan con ciertos requisitos.
  • La representación virtual será la regla general y podrá ser entregada en medios tecnológicos, dejando opcional la entrega del documento impreso.
  • Se mantiene el envío de resumen de ventas diarias y se extiende la obligación para todas las empresas que emitan estos documentos.
    Habilitación

La solicitud de habilitación para emitir boletas electrónicas deberá ser requerida en el sitio web del SII por el mismo contribuyente, en el caso de personas naturales, o por el representante legal, en caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.

La Resolución contempla dos anexos. El Anexo 1: Instructivo técnico para emisión de boletas electrónicas de ventas y servicios y envío de resumen de ventas diarias, y el Anexo 2: Ejemplos de representaciones virtuales e impresas de boletas electrónicas de ventas y servicios.

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